La Xunta de Gobierno Local es el órgano que, bajo la presidencia del alcalde, colabora de manera colegiada en la función de dirección política que a este le corresponde, ejerciendo las funciones ejecutivas y administrativas que se señalan en el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
El número de miembros de la Xunta de Gobierno Local no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno además del alcalde, quien los nombra o separa libremente.
Dado que el pleno del Ayuntamiento está integrado por diecisiete concejales electos, la Xunta de Gobierno Local del Ayuntamiento no excederá de nueve personas, además del alcalde o alcaldesa.
La Secretaría de la Xunta de Gobierno se designa por el alcalde en uno de los concejales miembros de la misma; sus funciones se resumen en la redacción de los actas y certificación de los acuerdos adoptados.
La Xunta de Gobierno Local responde políticamente ante el pleno de su gestión de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus miembros por su gestión.
Las deliberaciones de la Xunta de Gobierno Local son secretas.
Miembros de la Xunta de Gobierno Local:
• JOSE MANUEL DACAL FERNANDEZ
• MARIA RITA SOTO VÁZQUEZ
• ROSA MARIA FUENTES GARCIA
• ROGELIO ANTONIO OTERO FUENTES
NORMATIVA DECRETO 2019-1189